Para navegar con toda la documentación en regla:
Se cubren los
daños materiales y personales causados involuntariamente
a terceros y daños causados a puertos e instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, en general, por los demás hechos
derivados del uso de la embarcación asegurada o por los objetos o esquiadores que ésta remolque en el mar, que se pudieran ocasionar por el asegurado y embarcación indicados en las condiciones de seguro
Reúne los requisitos del Seguro de Suscripción Obligatoria establecido por el Real Decreto 607/1999 de 16 de abril
Alcance del Seguro de embarcación de recreo:
| Límite de indemnización |
336.566,78 Eur. |
| Daños personales |
240.404,84 Eur. |
| Máximo por víctima |
120.202,42 Eur. |
| Daños materiales |
96.161,94 Eur. |